El beneficio podrá extenderse durante 24 meses y estará sujeto a una evaluación socioeconómica. La asistencia apunta a quienes permanezcan en una vivienda adjudicada, tengan menores a cargo y deban afrontar solos el pago tras una ruptura familiar.
La medida fue establecida mediante la Resolución Reglamentaria Nº 00242/26, publicada este martes en el Boletín Oficial de Misiones. Desde el organismo aclararon que el cambio de titularidad de una vivienda ante una separación ya formaba parte de sus procedimientos habituales y que la novedad consiste específicamente en la incorporación de esta ayuda económica.
“La regularización siempre existió. Lo nuevo es el subsidio y la ayuda que se da en esta resolución”, explicó Carmen Glosnicki, gerente Social del IPRODHA.
El Instituto parte de una situación que puede producirse después de una ruptura: un hogar que hasta ese momento contaba con dos ingresos puede pasar a depender de uno solo, mientras la persona que permanece en la vivienda debe asumir la totalidad de la cuota y continuar con el plan de pagos.
“Generalmente, si hay dos adultos en esa vivienda pueden tener economías compartidas. A veces la separación trae aparejada una alteración en las cuestiones económicas”, señaló Glosnicki.
Una vez realizado el cambio de titularidad y luego del análisis social y económico correspondiente, el IPRODHA podrá aplicar una bonificación de hasta el 40% sobre la suma de la cuota neta, los intereses de financiación y el Fondo Solidario de Desarrollo Habitacional durante 24 meses consecutivos.
El porcentaje no será automáticamente del 40%. Cada caso será evaluado de manera individual para determinar si corresponde otorgar la asistencia y cuál será la proporción del beneficio.
La medida pone especial atención en la persona que permanezca en el inmueble y tenga a su cargo a niños, niñas o adolescentes. El criterio no distingue entre hombres y mujeres y se aplica a las distintas configuraciones familiares, sin diferenciación por género u orientación sexual.
“Puede ser el varón o puede ser la mujer. Nuestra mirada está puesta en sostener a aquella persona que va a quedar en la vivienda, pero que además tiene a los menores a cargo o ejerce el cuidado personal de los menores”, explicó la funcionaria.
El cambio de titularidad tampoco es automático. El trámite debe ser solicitado ante el Instituto con la documentación correspondiente y posteriormente intervienen las áreas Legal y Social. El equipo realiza verificaciones para constatar quién permanece efectivamente en el inmueble y luego se dicta una resolución de readjudicación o cambio de titularidad.
Entre los requisitos se encuentra la acreditación judicial de la tenencia o cuidado personal de los hijos menores, que puede surgir de una sentencia de divorcio u otra resolución judicial. También deberán acreditarse ingresos y garantías que permitan continuar con el pago de la vivienda.
“En esa resolución, de ser necesario y según lo que surja de la evaluación social, se va a establecer la aplicación del subsidio de corresponder”, detalló Glosnicki.
El IPRODHA también prevé revisar los casos en los que la situación económica vuelva a deteriorarse después del otorgamiento del beneficio. Si el adjudicatario pierde el trabajo o deja de poder afrontar la cuota, deberá acercarse al organismo para solicitar una nueva evaluación.
“Lo importante es que se acerque inmediatamente y no siga acumulando cuotas para después encontrarse con otra realidad que complique un poco más las decisiones”, remarcó la gerente Social.
Glosnicki sostuvo que el objetivo central es evitar que una separación y la consecuente caída de los ingresos terminen provocando la pérdida de la vivienda. “Nuestra prioridad como Instituto es que la familia pueda permanecer, habitar la vivienda y, en algún momento, poder cancelarla. Estamos para acompañar esos procesos”, señaló.
“La vivienda es para la familia”, sintetizó la funcionaria al explicar el criterio de la nueva reglamentación, que suma una herramienta económica al mecanismo de cambio de titularidad que el Instituto ya aplicaba frente a separaciones y divorcios.
Con información de Primera Edición.
